En la mañana del día de ayer sábado 19 de 2016, una delegación de la Mesa
de Primera Infancia, Infancia y Adolescencia del municipio de Chigorodó, en
reunión con el señor alcalde Daniel Álvarez Sosa, expusieron al primer
mandatario la urgencia de tomar medidas técnico administrativas inmediatas para
el fortalecimiento de la política municipal de garantía de derechos de la
primera infancia, infancia y adolescencia del municipio. –Durante el encuentro
y al amparo de lo dispuesto en los Artículos. 11, 50, 51 y 52 de la Ley 1098 de
2006 y Artículos 3º y 41 de la CIDN de 1989., se plantearon los siguientes
asuntos:
A manera de conclusión: El señor alcalde se comprometió a reunirse con Secretaría de Hacienda para definir y estudiar la destinación de los recursos económicos y consecuentemente la adopción de medidas administrativas para resolver las demás solicitudes. –La delegación expresó además que las decisiones tomadas por el señor alcalde se sustentan en el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos los derechos humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes para los niños, niñas y adolescentes (Artículo 8º Ley 1098 de 2006).
Primero: Chigorodó por ser un municipio de más de 74.000 habitantes debe tener dos
abogados contratados y que cumplan con la calidad para ser nombrados como
comisarios de familia como lo precisa la Ley 1098 de 2006 en los Artículos 85 y
86., para poder cumplir con la demanda de atención del sector urbano y
rural. –Revisar y consultar la
procedencia de esta medida con el Ministerio Público – Personería Municipal.
Segundo: Que se adecúen dos habitaciones en nuevo Centro de Recuperación
Nutricional para internamiento transitorio de niños y niñas menores de 12 años
de edad, entre tanto se dé inicio al proceso de garantía y restablecimiento de
derechos en Comisaría de Familia.
Tercero: Nombrar otra psicóloga en Comisaría de Familia para que entre a fortalecer
la atención psicosocial a niños, niñas, adolescentes y sus familias.
Cuarto: Convocar desde el despacho del señor alcalde, la firma de un convenio con
la academia subregional–facultades de derecho, familia, trabajo social y
psicología para que se fortalezca la calidad del servicio de la Comisaría de
Familia con practicantes durante todo el año.
Quinto: Con la competencia de varios funcionarios de la administración municipal,
secretarios de despacho o sus delegados, el municipio de Chigorodó tiene la
obligación de conformar una mesa técnica de trabajo para la elaboración del
diagnóstico municipal de primera infancia, infancia y adolescencia, para
adjuntarlo al Plan de Desarrollo Territorial 201-2019, para posterior proceso
de acompañamiento y asesoría técnica para la elaboración de política pública
por parte de la Gerencia de Infancia y Adolescencia, de la Gobernación de
Antioquia, propósito para el cual solicitamos el pleno respaldo del ejecutivo.
Sexto: Solicitar además al Ministerio del Trabajo de Apartadó, la realización de
una segunda visita de inspección a los lugares críticos donde se encuentran
niños en situación de explotación laboral o trabajo infantil. –Decreto 065 del
14 de mayo de 2013 -Creación del Comité Municipal de Erradicación del Trabajo
Infantil y peores formas de explotación de los niños y niñas.
A manera de conclusión: El señor alcalde se comprometió a reunirse con Secretaría de Hacienda para definir y estudiar la destinación de los recursos económicos y consecuentemente la adopción de medidas administrativas para resolver las demás solicitudes. –La delegación expresó además que las decisiones tomadas por el señor alcalde se sustentan en el imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos los derechos humanos, que son universales, prevalentes e interdependientes para los niños, niñas y adolescentes (Artículo 8º Ley 1098 de 2006).
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